Artículo 127- LOMLOE. Competencias del Consejo Escolar.
- Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.
- Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
- Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
- Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.
- Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
- Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
- Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»
Composición:
- Director
- Secretario
- Jefe de Estudios
- Siete representantes de los Profesores
- Tres representantes de los Padres de Alumnos
- Cuatro representantes de los Alumnos
- Un representante del Personal de Administrción y Servicios
- Un representante del Ayuntamiento
Sector | Miembro |
Equipo Directivo | Cantonero Chamorro, Manuela (PRESIDENTA) |
Equipo Directivo | González Martino, Montserrat (JEFATURA DE ESTUDIOS) |
Equipo Directivo | Calvo Verdejo, Isabel M. (SECRETARÍA) |
Alumnado | Carretero Sagundo, Rosario |
Alumnado | Perogil Moreno, Claudia |
Alumnado | Porras Montero, Inmaculada |
Alumnado | Torrado Díaz, Andrés |
Ayuntamiento | Rodríguez Martínez, María Agustina |
Entorno Empresarial | Cid Reino, José Manuel (REPRESENTANTE DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES) |
Madres y padres | Benítez Macías, Montserrat |
Madres y padres | Romero Regajo, María Carmen |
Madres y padres | Serrano Rastrojo, María José (REPRESENTANTE DE LA A.M.P.A. MAYORITARIA) |
Personal Admón. y Servicios | Fariñas Aguilar, Manuel |
Profesorado | Claros Gómez, Rosa Mª |
Profesorado | Gómez Amador, María de los Ángeles |
Profesorado | López Domínguez, Leandro |
Profesorado | Martín Romero, Pedro José |
Profesorado | Sanabria Gallardo, Rosa María |
Profesorado | Vega Pereira, Esperanza |
Profesorado | Venegas Maya, Carmelo |